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COFECE-003-2022

Ciudad de México, 20 de enero de 2022

Sanciona COFECE a Frutas y Hortalizas de Calidad y a una persona física por no notificar una concentración

Sanciona COFECE a Frutas y Hortalizas de Calidad y a una persona física por no notificar una concentración

  • La Comisión impuso multas por un monto total de 2 millones 345 mil 760 pesos.
  • La operación no surtirá efectos jurídicos hasta que, previo el correspondiente pago de derechos, presenten el respectivo aviso de concentración con los documentos e información que establece la Ley Federal de Competencia Económica y, en su caso, sea autorizada por el Pleno de la Comisión.
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El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) impuso una multa a Frutas y Hortalizas de Calidad (FHC) y a una persona física por un monto total de 2 millones 345 mil 760 pesos por haber omitido notificar una concentración antes de llevarla a cabo, como lo establece la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

En noviembre de 2020 se realizó una transacción mediante la cual una persona física adquirió un porcentaje de las acciones representativas del capital social de HBC International, propiedad de FHC. Lo anterior implicó la adquisición indirecta de una parte de los activos de Interjet, toda vez que HBC cuenta con participación en dicha aerolínea.

Al detectar esta operación, la Comisión abrió un expediente1 para verificar si los agentes económicos involucrados cumplieron con el respectivo aviso de concentración. A pesar de que los infractores fueron notificados oportunamente de lo anterior, no presentaron manifestaciones, pruebas ni alegatos para defenderse del posible incumplimiento a la LFCE, por lo que el análisis se realizó con la información disponible.

La omisión de notificar la transacción antes de realizarla imposibilitó el ejercicio de las atribuciones de la COFECE para evaluar el impacto que esta tendría en los mercados y con ello prevenir, de ser el caso, los posibles daños y/o riesgos al proceso de competencia y libre concurrencia.

Asimismo, se les informó que la operación no producirá efectos jurídicos por lo que tampoco podrá registrarse en los libros corporativos, formalizarse en instrumento público ni inscribirse en el Registro Público de Comercio hasta que se tenga, de ser el caso, la autorización favorable de la Comisión, previo pago de derechos y acompañando su escrito de notificación con la información y documentos, conforme a lo mandatado en la LFCE, para que se realice el análisis correspondiente y el Pleno resuelva al respecto.

Una vez resuelto el asunto y notificadas las partes, los agentes económicos sancionados tienen el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la COFECE.

1.- Expediente VCN-001-2021.

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Publicado 17 de enero, 2022