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Cofece-020-2022
Ciudad de México, 7 de julio de 2022
Cofece investiga procedimientos de contratación pública para la adquisición de material y documentación electoral
Cofece investiga procedimientos de contratación pública para la adquisición de material y documentación electoral
- La Autoridad Investigadora tiene indicios de la posible realización de conductas que podrían constituir prácticas monopólicas absolutas, como pueden ser la manipulación de precios, restricción de la oferta, segmentación de mercados entre competidores o coordinación de posturas en licitaciones.
- Las contrataciones públicas son una actividad económica de prioridad para la Cofece, por los impactos negativos directos que tienen los acuerdos colusorios en el erario.
- La investigación se centra en los procedimientos de contratación pública mediante los cuales se adquiere material y documentación electoral.
La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece o Comisión) publicó hoy, en su portal de internet y en el Diario Oficial de la Federación, el aviso de inicio de una investigación de oficio, por la posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de los procedimientos de contratación pública para la adquisición de material y documentación electoral en el territorio nacional.
La investigación abarca los procedimientos de adquisición de material electoral y documentación por autoridades públicas a través de procedimientos de licitaciones, en los tres niveles de gobierno y en todo el territorio nacional. Se consideran productos adquiridos las boletas electorales, líquido indeleble, canceles, escritorios, elementos modulares, instructivos, etiquetas y cualquier otro bien adquirido en el marco de un procedimiento electoral.
Las prácticas monopólicas absolutas, objeto de esta investigación, son contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de información entre ellos para realizar alguna de las conductas anteriores.
Es importante mencionar que, de acuerdo con el Plan Estratégico 2022-2025 de la Comisión, las contrataciones públicas son una actividad económica prioritaria, dado que se utilizan recursos de los contribuyentes y deben asignarse de manera efectiva y en un marco de competencia. De esta manera, desde la creación de la Cofece en 2013, se han investigado más de 10 conductas de este tipo, y se han impuesto sanciones en al menos siete casos que suman más de 968 millones de pesos en multas. Con ello se busca proteger el patrimonio de las autoridades adquirientes, quienes, de acuerdo con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (Lineamientos para Combatir la Colusión entre Oferentes en Licitaciones Públicas), pierden hasta el 20% de sus recursos cuando existe un acuerdo colusorio por parte de los participantes en sus procedimientos de contratación.
Esta investigación, identificada con el número de expediente IO-003-2021, no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno, toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos quienes, de ser el caso, serían considerados como probables responsables al término de la investigación.
El plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a partir de la fecha de inicio de la investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones. Si al término de la investigación no se encuentran elementos que presuman la realización de dicha práctica anticompetitiva, el Pleno resolvería su cierre. En caso de que se encuentren elementos que presuman una violación a la Ley, quienes resulten responsables serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que presenten su defensa.
Conforme a la Ley Federal de Competencia Económica, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían ser multados hasta por el 10% de sus ingresos. También podrían ser sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la realización de estas prácticas. Las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían ser sancionados con prisión de conformidad con el Código Penal hasta por 10 años. No obstante, es importante mencionar que quienes hayan participado en una conducta de este tipo pueden acogerse a los beneficios del Programa de Inmunidad y Reducción de Sanciones, que ofrece la Comisión.
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