COFECE-020-2016
- La Autoridad Investigadora de la Comisión indagará en este mercado para determinar si existen o no prácticas monopólicas absolutas.
- Esta investigación no debe entenderse como un prejuzgamiento, sino como una actuación de la autoridad para verificar el cumplimiento de la Ley.
Ciudad de México, 13 de abril de 2016.- La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) publicó hoy, en su portal de internet y el Diario Oficial de la Federación (DOF), el extracto del Acuerdo de inicio de investigación DE-011-2016, para determinar la posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de servicios integrales de estudios de laboratorio y de banco de sangre, así como de bienes y servicios relacionados con éstos, contratados por el sistema nacional de salud en el territorio nacional.
Se consideran prácticas monopólicas absolutas aquellos contratos, convenios o arreglos entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de información con el objeto o efecto de realizar alguna de las conductas anteriores.
Dado el periodo en el que posiblemente se realizaron algunas de las conductas que originan la investigación, ésta se efectúa con fundamento en el artículo 9 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), publicada el 24 de diciembre de 1992, así como en el artículo 53 de la nueva Ley publicada el 23 de mayo de 2014, para determinar si se están o no actualizando las conductas previstas en éste.
En el extracto, la Autoridad Investigadora precisa que el acuerdo sólo se refiere al inicio de un procedimiento indagatorio por lo que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos, a quienes en caso de ser considerados probables responsables al término de esta investigación, se les deberá oír en defensa.
Para la presente indagatoria, la Autoridad Investigadora tiene un plazo entre 30 y 120 días hábiles, contados a partir del 1 de abril de 2016, mismo que podrá ser ampliado por el mismo periodo hasta por cuatro ocasiones.
Si al término del periodo de investigación no se encuentran elementos que presuman la realización de una práctica anticompetitiva, la Autoridad Investigadora podrá proponer al Pleno el cierre de la investigación. En caso de que encuentre elementos que presuman una violación a la Ley, quienes resulten probables responsables serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que presenten su defensa.
Conforme a la LFCE, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían recibir sanciones de carácter económico, las cuales también son aplicables a quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la comisión de las prácticas; y las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían recibir prisión de conformidad con el Código Penal Federal.
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MÁS COMPETENCIA PARA UN MÉXICO FUERTE
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Con su trabajo busca mejores condiciones para los consumidores, que se ofrezcan más servicios
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