COFECE-032-2018

Ciudad de México, 8 de agosto de 2018

Emplaza COFECE a un agente económico por posibles prácticas monopólicas relativas en el mercado de autotransporte federal de pasajeros en el Aeropuerto de Cancún

  • En su Dictamen de Probable Responsabilidad, la Autoridad Investigadora plantea que existen elementos para presumir que el agente económico emplazado habría realizado una conducta anticompetitiva, conocida como negativa de trato.
  • Con este emplazamiento inicia el procedimiento seguido en forma de juicio, en el cual el agente económico indiciado podrá defenderse de las imputaciones hechas en su contra.
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La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) emplazó a un agente económico por su probable responsabilidad en la realización de prácticas monopólicas relativas en el mercado de autotransporte federal de pasajeros con origen en el Aeropuerto Internacional de Cancún.

La investigación inició el 31 de marzo de 2016, a partir de una denuncia, y concluyó el 6 de abril de 2018 con la emisión de un Dictamen de Probable Responsabilidad. Este se refiere al expediente DE-008-2016 y su acumulado DE-008-2017.

Son prácticas monopólicas relativas aquellas en las que uno o varios participantes tienen poder sustancial en un mercado, el cual utilizan para desplazar indebidamente a sus competidores, impedirles acceso o establecer ventajas exclusivas en favor de uno o varios agentes económicos.

La Autoridad Investigadora señala que, mediante denuncias, tuvo conocimiento de hechos que posiblemente derivaron en la realización de una práctica monopólica relativa, conocida como negativa de trato; es decir, rehusarse a vender, comercializar o proporcionar a personas determinadas bienes o servicios disponibles y normalmente ofrecidos a terceros.

Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio a cargo de la Secretaría Técnica de esta Comisión, en el cual el probable responsable podrá manifestar lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas relacionadas con las imputaciones presuntivas hechas en su contra. Una vez realizadas estas manifestaciones, desahogadas las pruebas y presentados los alegatos correspondientes, el Pleno de la COFECE podrá resolver lo que conforme a derecho proceda.

De comprobarse la realización de una conducta ilícita, el agente económico podría ser sancionado con multas conforme a la Ley Federal de Competencia Económica.

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Resumen Ejecutivo del Segundo Informe Trimestral 2018

COFECE investiga posibles prácticas monopólicas absolutas en mercado del azúcar en territorio nacional

Fecha de publicación: 12-06-18            No. de comunicado: COFECE-028-2018