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COFECE-023-2021

Ciudad de México, 17 de agosto de 2021

Emplaza COFECE a un agente económico por posible práctica monopólica relativa en la comercialización, almacenamiento y transporte de petrolíferos

Emplaza COFECE a un agente económico por posible práctica monopólica relativa en la comercialización, almacenamiento y transporte de petrolíferos

  • Con este emplazamiento inicia el procedimiento seguido en forma de juicio, en el cual el agente económico emplazado podrá defenderse de las imputaciones que se hacen en su contra.
Fuel truck on highway for transport fuel to petrochemical oil refinery

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) notificó a un agente económico sobre su probable responsabilidad en la realización de prácticas contrarias a la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) en el mercado de la comercialización, almacenamiento y transporte de petrolíferos en México y servicios relacionados, asimismo fue emplazado al procedimiento seguido en forma de juicio para que el probable responsable presente su defensa.

Los petrolíferos, como la gasolina y el diésel, son fundamentales para la economía del país, su disponibilidad, precio y calidad impactan de manera transversal a todos los sectores productivos y en el bienestar de las familias mexicanas, de ahí la importancia de que esta cadena de valor funcione en un ambiente de competencia.

La investigación de este asunto, expediente IO-001-2018, concluyó el 26 de mayo del 2021. Al respecto la Autoridad Investigadora señaló en su dictamen de probable responsabilidad que tuvo conocimiento de hechos que posiblemente derivaron en la realización de la práctica monopólica relativa descrita en la fracción X del artículo 56 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), que implica establecer distintos precios o condiciones de venta o compra para diferentes compradores o vendedores en condiciones equivalentes.

Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio, a cargo de la Secretaría Técnica de esta Comisión, en el cual el probable responsable podrá manifestar lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas relacionadas con las presuntas imputaciones hechas en su contra. Una vez realizadas estas manifestaciones, desahogadas las pruebas y presentados los alegatos correspondientes, el Pleno de la COFECE podrá resolver conforme a derecho.

De acuerdo con la LFCE, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica relativa, el agente económico podría recibir multa de hasta el 8% de sus ingresos.

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