COFECE-025-2018

Ciudad de México, 29 de mayo de 2018

Cryoinfra, Infra y Praxair deberán cumplir compromisos para restaurar la competencia en los mercados de oxígeno, nitrógeno y argón

  • Las empresas fueron investigadas por su probable responsabilidad en la realización de prácticas monopólicas relativas, al condicionar la venta de sus productos a cláusulas de exclusividad.
  • Los agentes económicos solicitaron el cierre anticipado del expediente, a cambio se comprometieron a ejecutar una serie de acciones para restaurar el proceso de competencia y libre concurrencia.
  • El cumplimiento de los compromisos impuestos será verificado por la COFECE a través de varias medidas de seguimiento.
gases

Cryoinfra, Infra y Praxair México se comprometieron a restituir el proceso de competencia y libre concurrencia en los mercados de distribución y comercialización de oxígeno, nitrógeno y argón líquido industrial a granel, mediante el cumplimiento de una serie de compromisos que el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) determinó idóneos y viables para este fin. Con esto, se dio por concluido el procedimiento de investigación.

En abril de 2014, la Autoridad Investigadora inició un procedimiento indagatorio por denuncia (DE-006-2014) por prácticas monopólicas relativas en el mercado de estos gases que se venden mediante pipas y se descargan en contenedores criogénicos en el domicilio de los clientes, los cuales son utilizados en diversas industrias como la siderúrgica, del vidrio, del plástico, de cerámica, minera, de hidrocarburos, avícola, agropecuaria, textil, cementera, metalúrgica, farmacéutica, química, de la construcción y de tratamiento de aguas.

La investigación concluyó preliminarmente que las empresas contaban con poder sustancial y probablemente realizaban conductas anticompetitivas. En específico, se encontró que establecían cláusulas de exclusividad que podrían constituir conductas sancionadas por la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE). Algunas de ellas son:

  • El consumidor debía adquirir de estas empresas, de manera exclusiva, la totalidad del producto requerido.
  • Cualquier compra adicional al volumen contratado, fuera en el mismo domicilio o en otra instalación del cliente, en el mismo contenedor u otro distinto, tenía que adquirirse con estos proveedores.
  • Renovaban de manera automática el contrato, que incluía plazos forzosos y penalizaciones con altos costos por terminación anticipada.

Durante el trámite de este asunto Cryoinfra, Infra y Praxair México ejercieron su derecho de presentar compromisos para restituir el proceso de competencia, con el fin de cerrar el expediente de forma anticipada, como lo marca la LFCE vigente al momento del inicio de la investigación. A consideración de la COFECE, la propuesta presentada es idónea y económicamente viable. Entre los compromisos adquiridos por estas empresas se encuentran:

  1. Eliminar la exclusividad en el suministro de los gases que comercializan.
  2. Limitar la exclusividad al uso del tanque criogénico y demás infraestructura en donde haya inversión por parte de estas empresas. Esto permitirá que otros competidores puedan instalar tanques en el mismo predio, para que la exclusividad no se extienda a la totalidad de la planta del cliente ni a otras instalaciones de sus compradores.
  3. Limitar a un año la renovación automática de los contratos de suministro, con la posibilidad de que el cliente interrumpa la relación contractual. En caso de terminación anticipada, el cobro por penalización será por montos que permitirán a los competidores disputar cada contrato.
  4. Todos los compromisos serán exigibles y aplicables a todo el universo de contratos (vigentes y nuevos) entre estas empresas y sus clientes.

En su resolución, el Pleno de la COFECE también estableció una serie de medidas para verificar el cumplimiento de los compromisos, entre los que destacan:

  • Cryoinfra, Infra y Praxair deberán publicar en su página de Internet y en periódicos de circulación nacional los compromisos adquiridos para el conocimiento de sus clientes.
  • Poner a disposición de los clientes un correo electrónico y una línea telefónica en caso de que deseen modificar sus contratos.
  • Entregar a la COFECE una lista inicial de los contratos vigentes para verificar el cumplimiento de los compromisos adquiridos.

En caso de que las empresas incumplan los compromisos podrían ser sancionadas con multas hasta por el equivalente al 8% de sus ingresos.

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Publication date: 05-28-18            Number: COFECE-24-2018


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Fecha de publicación: 24-05-18            No. de comunicado: COFECE-022-2018