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Cofece-005-2023
Ciudad de México, 1 de marzo de 2023
Cofece impone multa de 61.5 millones de pesos a dos agentes económicos por no haber desahogado todos los pasos del procedimiento de notificación de concentraciones
Cofece impone multa de 61.5 millones de pesos a dos agentes económicos por no haber desahogado todos los pasos del procedimiento de notificación de concentraciones
- La concentración se autorizó tras verificar que no afecta la competencia y libre concurrencia.
La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece o Comisión) sancionó por un total de 61 millones 580 mil 800 pesos a HP, Inc. (HP) y Plantronics, Inc. (POLY) por haber cerrado una operación de concentración antes de que el Pleno hubiera emitido la resolución correspondiente y, por lo tanto, por haber incumplido con lo establecido en los artículos 86, 87, 88, 90 y 127, fracción VIII, de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).
La notificación de concentraciones constituye un procedimiento preventivo que implica cumplir con un conjunto de obligaciones que comienza con el escrito de notificación de concentración y concluye con una resolución del Pleno que puede autorizar, objetar o sujetar la autorización de la concentración al cumplimiento de condiciones. En particular, la LFCE establece la obligación de esperar a obtener la resolución que autoriza o condiciona la realización de una concentración para poder cerrar la operación notificada.
Los agentes sancionados consumaron, el 29 de agosto de 2022, una operación consistente en la adquisición indirecta por parte de HP de la totalidad de las acciones y control absoluto de POLY. Dicha operación concluyó antes de obtener la autorización de la Comisión, con lo que se impidió que la Cofece analizara, de forma oportuna y preventiva, el riesgo a la competencia y libre concurrencia que podría generar la concentración. En consecuencia, se inició el procedimiento de verificación bajo el expediente VCN-001-2023.
Concluido el procedimiento, el Pleno de la Cofece determinó que la operación no implicaba riesgos al proceso de competencia y libre concurrencia, por lo que la concentración fue autorizada. Sin embargo, la omisión por parte de HP y POLY fue calificada de gravedad alta debido a que obstaculizó el ejercicio de las atribuciones de la Cofece, por lo que se impusieron las sanciones correspondientes.
Una vez resuelto el asunto y notificadas las partes, los agentes económicos sancionados tienen el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la Cofece. La versión pública de la resolución podrá consultarse en el portal de opiniones y resoluciones de la página web de la Cofece dentro del plazo legal establecido en el artículo 47 de las Disposiciones Regulatorias de la LFCE.
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