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Se publica el documento Estrategia Digital COFECE

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La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) publicó el documento Estrategia Digital COFECE, en el que explica las acciones que, desde la perspectiva de la competencia, llevará a cabo para abordar con éxito sus análisis e investigaciones en los mercados digitales. Algunas de ellas son:

  • Publicar un documento, con propuestas de política pública, sobre las implicaciones de los mercados digitales en México. Para su elaboración, se convocó a un grupo multidisciplinario de expertos en temas digitales.
  • Acercamiento y foros con expertos internacionales, que fortalezcan el conocimiento del personal de la Comisión sobre la operación de las plataformas digitales.
  • Fortalecer las capacidades del personal y de la infraestructura tecnológica de la COFECE, mediante un plan de gestión para el procesamiento de grandes volúmenes de datos (big data).
  • Definir si se establece una Unidad de Competencia en Mercados Digitales para ejercer con mayor eficacia las atribuciones otorgadas por la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) en estos mercados.
  • Fortalecer la cooperación internacional para compartir aprendizajes, experiencias, e identificar posibles acciones conjuntas.

La Comisión ha acumulado experiencia relacionada con los mercados digitales al atender diversos asuntos relacionados con ellos. Por ejemplo, ha realizado recomendaciones para permitir la operación de empresas de redes de transporte, y para facilitar que instituciones de tecnología financiera (conocidas como Fintech) compitan con éxito con la banca tradicional. También ha revisado operaciones con empresas que operan en ese mercado, como: BanamexInbursaPagos Móviles, en pagos móviles; PrivaliaGrupo Axo, en comercio en línea de ropa, calzado y productos para el hogar; Kavak HoldingsLA Holdings, General Atlantic KV, Greenoaks, en compra y venta de vehículos usados; así como la de Walmart-Cornershop, de exhibición, compra y entrega inmediata de productos ofrecidos por tiendas de autoservicio a través de páginas de internet y apps.

Consulte a detalle la información

MEDIDAS POR COVID-19

Se emiten nuevas Disposiciones Regulatorias para notificar por correo electrónico

La COFECE publicó las nuevas Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica de emergencia para realizar notificaciones personales por correo electrónico. Con estas se podrá dar continuidad a los procedimientos de notificación de los agentes económicos ante la Comisión a la vez de respetar las medidas de distanciamiento social previstas para evitar contagios de la enfermedad COVID-19.

Estas disposiciones establecen que:

  • Las notificaciones se podrán hacer a través del correo electrónico de la persona sujeta a procedimiento, sus representantes o sus autorizados.
  • Para tener certeza de que el correo les pertenece, se considerarán los correos electrónicos recibidos en los que se hayan solicitado ya sea el beneficio de la reducción de las sanciones, y/o reuniones con los funcionarios, audiencias orales, entrevistas, entre otros.
  • La notificación se realizará adjuntando al correo electrónico una copia digitalizada del acuerdo o resolución correspondiente.
  • El destinatario deberá confirmar la recepción del correo y del acuerdo o resolución durante los dos días siguientes, a partir del día en que la Comisión haya enviado el correo.
  • Se hará constar, mediante un acuerdo, la recepción de la confirmación correspondiente.
  • Si la Comisión no recibe confirmación en el plazo señalado, las notificaciones se harán en una lista que emitirá diariamente, en sus oficinas y su sitio web.
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La COFECE publicó las nuevas Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica de emergencia para realizar notificaciones personales por correo electrónico. Con estas se podrá dar continuidad a los procedimientos de notificación de los agentes económicos ante la Comisión a la vez de respetar las medidas de distanciamiento social previstas para evitar contagios de la enfermedad COVID-19.

Estas disposiciones establecen que:

  • Las notificaciones se podrán hacer a través del correo electrónico de la persona sujeta a procedimiento, sus representantes o sus autorizados.
  • Para tener certeza de que el correo les pertenece, se considerarán los correos electrónicos recibidos en los que se hayan solicitado ya sea el beneficio de la reducción de las sanciones, y/o reuniones con los funcionarios, audiencias orales, entrevistas, entre otros.
  • La notificación se realizará adjuntando al correo electrónico una copia digitalizada del acuerdo o resolución correspondiente.
  • El destinatario deberá confirmar la recepción del correo y del acuerdo o resolución durante los dos días siguientes, a partir del día en que la Comisión haya enviado el correo.
  • Se hará constar, mediante un acuerdo, la recepción de la confirmación correspondiente.
  • Si la Comisión no recibe confirmación en el plazo señalado, las notificaciones se harán en una lista que emitirá diariamente, en sus oficinas y su sitio web.
CONCENTRACIONES

Multa COFECE a SoftBank y WeWork

El Pleno de la COFECE aprobó la concentración entre SoftBank Group Corp (SoftBank) y The We Company (WeWork) por considerar no pone en riesgo la competencia en el mercado de servicios de espacios de trabajo en México; sin embargo, también les impuso una multa por notificar a destiempo la operación.

La concentración consistió en la adquisición por parte de SoftBank de un porcentaje del capital accionario de WeWork, misma que se llevó a cabo entre abril y julio de 2019, sin embargo, la hicieron del conocimiento de esta Comisión hasta enero de 2020. Ante la falta de notificación previa a concretar la operación, el Pleno sancionó a los agentes económicos con multas por un total de tres millones 379 mil 600 pesos.

Omitir una notificación se considera grave, pero en este caso el Pleno consideró como atenuante de la conducta el hecho de que los agentes reconocieron voluntariamente la omisión y el incumplimiento en el que incurrieron.

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El Pleno de la COFECE aprobó la concentración entre SoftBank Group Corp (SoftBank) y The We Company (WeWork) por considerar no pone en riesgo la competencia en el mercado de servicios de espacios de trabajo en México; sin embargo, también les impuso una multa por notificar a destiempo la operación.

La concentración consistió en la adquisición por parte de SoftBank de un porcentaje del capital accionario de WeWork, misma que se llevó a cabo entre abril y julio de 2019, sin embargo, la hicieron del conocimiento de esta Comisión hasta enero de 2020. Ante la falta de notificación previa a concretar la operación, el Pleno sancionó a los agentes económicos con multas por un total de tres millones 379 mil 600 pesos.

Omitir una notificación se considera grave, pero en este caso el Pleno consideró como atenuante de la conducta el hecho de que los agentes reconocieron voluntariamente la omisión y el incumplimiento en el que incurrieron.

RENDICIÓN DE CUENTAS

Presenta COFECE su Informe de Concentraciones 2019

Por segundo año consecutivo, y como parte de sus acciones de transparencia y rendición de cuentas, la COFECE presentó su Informe de Concentraciones 2019, en el que da a conocer las actividades y decisiones relacionadas con el análisis de las 153 concentraciones que se le notificaron durante el año pasado. El documento destaca que:

  • En 2019 se autorizaron un total de 132 concentraciones;
  • Los sectores donde se presentaron más operaciones fueron: industrias manufactureras (34); servicios inmobiliarios y alquiler de bienes (16); transporte, correos y almacenamiento (14) y minería (12);
  • El valor anual de las transacciones resueltas en 2019 totalizó en 664 mil 984 millones de pesos; y
  • Las concentraciones se resolvieron, en promedio, en 19 días hábiles, desde su recepción a trámite hasta la resolución.
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Por segundo año consecutivo, y como parte de sus acciones de transparencia y rendición de cuentas, la COFECE presentó su Informe de Concentraciones 2019, en el que da a conocer las actividades y decisiones relacionadas con el análisis de las 153 concentraciones que se le notificaron durante el año pasado. El documento destaca que:

  • En 2019 se autorizaron un total de 132 concentraciones;
  • Los sectores donde se presentaron más operaciones fueron: industrias manufactureras (34); servicios inmobiliarios y alquiler de bienes (16); transporte, correos y almacenamiento (14) y minería (12);
  • El valor anual de las transacciones resueltas en 2019 totalizó en 664 mil 984 millones de pesos; y
  • Las concentraciones se resolvieron, en promedio, en 19 días hábiles, desde su recepción a trámite hasta la resolución.
LECTURA RECOMENDADA

Primer Informe Trimestral 2020

Conoce las principales acciones realizadas por la Comisión para proteger la libre concurrencia y competencia económica en México durante el periodo de enero a marzo de este año.

NUMERALIA
NUMERALIA

En abril, la Comisión atendió 97 asuntos, de los cuales 54 corresponden a concentraciones, 29 a procedimientos por prácticas monopólicas y concentraciones prohibidas, 2 relacionados con procedimientos especiales1 y 12 son opiniones a procesos de licitaciones, concesiones o permisos.

Denuncias, investigaciones y procedimientos seguidos en forma de juicio

  • Se dio seguimiento a 5 denuncias por conductas anticompetitivas, todas están en análisis.
  • Se siguieron 20 investigaciones por prácticas monopólicas que continúan en proceso.
  • Se llevaron 4 procedimientos seguidos en forma de juicio.
  • Se realizan 2 investigaciones por barreras a la competencia, ambas continúan en trámite.

 Concentraciones

  • Se revisaron 54 concentraciones, de las cuales 17 fueron autorizadas2.
  • El monto de las operaciones autorizadas es de 163 mil 671 millones de pesos.

Juicios de amparo

  • Están en proceso 242 juicios de amparo indirecto acumulados, de los cuales 130 corresponden a la materia de competencia económica.

1-. Los procedimientos especiales corresponden a los expedientes por insumos esenciales y barreras a la competencia y a los de declaratorias de condiciones de competencia efectiva.
2-. Algunas de las concentraciones autorizadas fueron: CIBanco / Monex / Sorma de Oriente; Softbank / The We Company inc; Tech Data Corporation. / Tiger Merger / Tiger Midco; Aida, Energía & Infraestructura / Aldesa Construcciones / Concesionaria de Autopistas del Sureste; CIBanco / GC Propco Trust Acquisitions / Promotora Inbursa / Fianzas Guardiana Inbursa / Inmuebles y Servicios Mexicanos; CIBanco / Lambda Solar / Otras Producciones de Energía Fotovoltaica / Grupo Solar Básico Kappa 2 / Grupo Solar Básico Iota2; CIBanco / Deutsche México Holdings / Süddeutsche Vermögensverwaltung GMBH; Infrared Partners / Paternoster IRCP / Sun Life Financial / Infrared (UK) Holdco 2020 / Infrared Capital Partners; IGS Industrial Fund III / Parques Industriales Amistad; SVF II / RPS Ventures I y RPS Sidecar Fund I / Adquisiciones ABZ / CXGL Holdings / Relay Investments II y II-A / Global Undervalued Securities Master Fund / Karen Moriarty Penry Revocable Trust / Penry Family GST Trust / Clarum Capital / Alpha Latam