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Cofece-017-2023
Ciudad de México, 21 de junio de 2023
Cofece sanciona por más de 2 millones de pesos a diversas personas y agentes económicos e inhabilita a personas físicas por manipular el precio de la tortilla y limitar su venta en Huixtla, Chiapas
Cofece sanciona por más de 2 millones de pesos a diversas personas y agentes económicos e inhabilita a personas físicas por manipular el precio de la tortilla y limitar su venta en Huixtla, Chiapas
- La Comisión sancionó a Chedraui y Soriana, así como a las personas que actuaron en su representación, a quienes además de multa, se determinó inhabilitar. Asimismo, sancionó a cinco industriales de la masa y la tortilla y a un funcionario del Gobierno de Huixtla en el estado de Chiapas.
- La Cofece exhorta a las empresas a disponer de programas de cumplimiento efectivos que aseguren que el actuar de sus directivos se apegue a la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE), puesto que serán responsables de los actos que sus empleados o funcionarios realicen en su representación y que resulten en un incumplimiento a la Ley.
La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece o Comisión) determinó sancionar a Chedraui (Tiendas Chedraui, S.A. de C.V.) y Soriana (Tiendas Soriana, S.A. de C.V.), así como a dos personas físicas que actuaron en su representación; asimismo, sancionó a cinco industriales de la masa y la tortilla y a un Delegado del Gobierno de Huixtla en el estado de Chiapas que actuó como coadyuvante, por manipular el precio de la tortilla y limitar su venta en el municipio de Huixtla, Chiapas (prácticas monopólicas absolutas, expediente DE-032-2019). En atención al daño y la duración de las conductas sancionadas, las multas impuestas fueron por un total de 2 millones 72 mil 405 pesos.
Cabe destacar que, como parte de las sanciones, la Cofece determinó inhabilitar a dos personas físicas que actuaron en representación de Chedraui y Soriana, respectivamente, al acreditarse su responsabilidad en actos que afectaron a los consumidores finales, de conformidad con el artículo 127, fracción X de la LFCE.
Investigaciones como esta destacan la importancia de que los negocios cuenten con un programa de cumplimiento efectivo, ya que las empresas serán responsables de los actos que sus empleados o funcionarios realicen en su representación y que resulten en un incumplimiento a la LFCE. En este sentido, los programas deben incluir las capacitaciones correspondientes que les permitan garantizar el apego de sus operaciones y actividades a todas las leyes, regulaciones y estándares aplicables, así como tener mecanismos de respuesta adecuados para disuadir prácticas contrarias a la normativa en materia de competencia. Asimismo, la Cofece exhorta a que directivos de pequeñas, medianas y grandes empresas se apeguen al cumplimiento de la LFCE, con el fin de prevenir que sean multados e inhabilitados.
La Comisión mantiene su trabajo continuo en el análisis e investigación de los bienes y servicios que más inciden en el bienestar de las personas como los alimentos. En este caso, la tortilla es un producto de la canasta básica que, en 2021, de acuerdo con datos del Coneval, tuvo un consumo semanal per cápita de poco más de 1 kilogramo. Asimismo, de acuerdo con datos del INEGI, los hogares de menores ingresos destinan más del 8% de su gasto en alimentación para la adquisición de tortillas.
Una vez resuelto el asunto y notificadas las partes, las empresas y personas físicas sancionadas tienen el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la Comisión. La versión pública de la resolución podrá consultarse en el portal de opiniones y resoluciones de la página web de la Cofece dentro del plazo legal establecido en el artículo 47 de las Disposiciones Regulatorias de la LFCE.
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