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El Órgano Interno de Control (OIC) de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) está dotado de autonomía técnica y de gestión para decidir sobre su funcionamiento y resoluciones. Tiene el mandato de ley de fiscalizar los ingresos y egresos de la Comisión, así como vigilar el cumplimiento de las responsabilidades de los servidores públicos. En este sentido previene, combate y, en su caso, sanciona cualquier acto de corrupción.
Desde el ámbito de sus atribuciones, esta Unidad Administrativa asume el compromiso de contribuir activamente a consolidar la legitimidad de las actuaciones de los servidores públicos de la COFECE, mediante:
- Hacer prevalecer la regulación que rige el quehacer público encomendado a la institución, y
- Vigilar el ejercicio del gasto que le es asignado.
La persona Titular del Órgano Interno de Control es designada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Maestra Lilian Aurora Pérez Ornelas
Formación Académica:
- Maestría en Derecho Constitucional y Administrativo (Mención Honorifica UNAM 1999-2001).
- Especialidad en Alta Dirección Estratégica de Recursos Humanos (IPADE 2006-2007).
- Licenciada en Derecho (Mención Honorífica UNAM 1988-1992).
Trayectoria en el servicio público:
- Hasta antes de ser nombrada titular del OIC de la COFECE, fue responsable de Recursos Humanos de la misma Comisión, en donde implementó un sistema de gestión de talento propio.
- En la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional del Instituto Federal Electoral, participó en la creación del marco normativo y puesta en operación del Sistema Profesional Electoral, así como en la reingeniería de procesos administrativos.
- En la Escuela de Administración Pública del Gobierno del Distrito Federal (Contraloría General) creó y estructuró el Reglamento de la Ley de Servicio Profesional del Gobierno del Distrito Federal e implementó los primeros programas académicos a nivel maestría, así como la formación de los contralores en ética.
- En el CISEN de la Secretaría de Gobernación fue Directora General del sistema de profesionalización.
- En la Dirección General de Ingreso, Promoción, Formación y Capacitación del Servicio Profesional de la Secretaría de la Función Pública participó en la creación del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal y la puesta en marcha de los principales subsistemas.
- También fue consultora externa de Banco Mundial para la reingeniería de procesos administrativos y desregulación normativa en México.
Av. Revolución no. 725, piso 5, colonia Santa María Nonoalco.
Alcaldía Benito Juárez, CP 03700, Ciudad de México.
Teléfono 55 27.89.65.00
NOMBRE | PUESTO | EXTENSIÓN | CORREO |
Lilian Aurora Pérez Ornelas | Titular del Órgano Interno de Control | 6506 | lperez@cofece.mx |
José de Jesús Gutiérrez Archundia | Titular del Área de Responsabilidades | 6981 | jguierreza@cofece.mx |
Alfredo Juárez Velázquez | Titular del Área de Quejas | 6508 | ajuarez@cofece.mx |
Roger Daniel Salazar Azcorra | Titular del Área de Auditoría Interna | 6544 | rsalazar@cofece.mx |
Víctor López Aguilar | Coordinador General de Mejora de la Gestión y Procesos Administrativos | 6941 | vlopez@cofece.mx |
Carlos Alberto Porras Balcázar | Coordinador General de Responsabilidades | 6515 | cporras@cofece.mx |
Misión:
Investigar, corregir, sancionar y prevenir los actos u omisiones de los servidores públicos, de conductas contrarias a las disposiciones jurídicas y de los particulares, cuando así proceda; así como fiscalizar la administración y uso de los recursos públicos, para contribuir a que la COFECE logre sus metas y objetivos con legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia, en beneficio de la ciudadanía.
Visión:
Ser reconocido como un modelo de autoridad de control en la COFECE, que contribuye al abatimiento de la corrupción, con total transparencia en su gestión, así como un desempeño honesto, eficaz y eficiente de las unidades que la conforman, para proteger la competencia en beneficio de la sociedad.
Valores y principios:
VALORES | PRINCIPIOS |
·Excelencia | ·Legalidad |
·Defensa del Interés Público | ·Lealtad |
·Transparencia | ·Imparcialidad |
·Independencia | ·Eficiencia |
·Eficacia | |
Fuente: | Fuente: |
- Contribuir desde su ámbito de competencia a la construcción del Sistema Nacional Anticorrupción.
- Privilegiar la prevención como elemento esencial para el mejoramiento del ejercicio de los recursos públicos en la COFECE.
- Cumplir con las obligaciones que le han sido encomendadas constitucional y legalmente.
- Ejercer la facultad sancionadora de forma prudente y responsable.
- Monitorear, verificar y reportar el cumplimiento de la Ley Federal de Austeridad Republicana en la COFECE.
- Conforme a lo anterior, colaborar al cumplimiento del mandato y objetivos institucionales de la COFECE.
En el artículo 7 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas se enlistan las siguientes:
I. Actuar conforme a lo que las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión, por lo que deben conocer y cumplir las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones;
II. Conducirse con rectitud, sin utilizar su empleo, cargo o comisión para obtener o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, ni buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización;
III. Satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima del interés particular, personal o ajeno al interés general y bienestar de la población;
IV. Dar a las personas en general el mismo trato, por lo que no concederán privilegios o preferencias a organizaciones o personas, ni permitirán que influencias, intereses o prejuicios indebidos afecten su compromiso para tomar decisiones o ejercer sus funciones de manera objetiva;
V. Actuar conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades;
VI. Administrar los recursos públicos que estén bajo su responsabilidad, sujetándose a los principios de austeridad, eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados;
VII. Promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos establecidos en la Constitución;
VIII. Corresponder a la confianza que la sociedad les ha conferido; tendrán una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y preservarán el interés superior de las necesidades colectivas por encima del interés particular, personal o ajeno al interés general;
IX. Evitar y dar cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades y obligaciones;
X. Se abstendrán de asociarse con inversionistas, contratistas o empresarios nacionales o extranjeros, para establecer cualquier tipo de negocio privado que afecte el desempeño imparcial y objetivo en razón del interés personal o familiar, hasta el cuarto grado por consanguinidad o afinidad;
XI. Separarse legalmente de los activos e intereses económicos que afecten de manera directa el ejercicio de sus responsabilidades en el servicio público y que constituyan conflicto de interés, de acuerdo con lo establecido en esta Ley, en forma previa a la asunción de cualquier empleo, cargo o comisión;
XII. Abstenerse de intervenir o promover, por sí o por interpósita persona, en la selección, nombramiento o designación para el servicio público de personas con quienes tenga parentesco por filiación hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado, y
XIII. Abstenerse de realizar cualquier trato o promesa privada que comprometa al Estado mexicano.
Con fundamento en los artículos 60, 61 y 70 fracción XVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 27 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; los Lineamientos Técnicos Generales para la publicación, homologación y estandarización de la información de las obligaciones establecidas en el artículo quinto y en la fracción IV del artículo 31 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; artículo 43, fracción XIV del Estatuto Orgánico de la COFECE; así como en los puntos Primero y Segundo del Acuerdo CFCE-056-2016 del 29 de febrero de 2016, emitido por el Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica, se publica el Registro de Servidores Públicos Sancionados.
REGISTRO DE SERVIDORES PÚBLICOS SANCIONADOS
actualizado el 03 junio de 2020
Todos los servidores públicos de la COFECE, desde operativos hasta Comisionado Presidente, estamos obligados a presentar la declaración de situación patrimonial y de intereses a través de medios electrónicos, en los siguientes plazos:
- Inicial:
Dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión:
- Ingreso al servicio público por primera vez;
- Reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo.
- Modificación:
Durante el mes de mayo de cada año.
- Conclusión:
Dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.